Todas las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada dicha formación.
(ORDEN TAS/2307/2007)
Dicho crédito o cuantía para formación que se asigna a cada empresa, está en función de su plantilla y se fija teniendo en cuenta el importe ingresado por las empresas en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior, mediante la aplicación a dicho importe de un porcentaje de bonificaciones que se fija en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio.
En todo caso, se garantiza un crédito mínimo de bonificación en la cuantía que se determine en la ley anteriormente citada, que parte de 420 € para las empresas con menos trabajadores.
Además, se reconoce un crédito adicional a las empresas para la realización de permisos individuales de formación, favoreciendo su generalización al conjunto de los trabajadores, dentro del respeto a la organización del trabajo en el seno de la empresa.En Maria Wolff IFD, ofrecemos la posibilidad de gestionar el Sistema de Acciones Formativas Bonificadas por la F.T.F.E.